jueves, 3 de julio de 2008

CARTA AL PERSONERO DE MAICAO

Maicao, julio 2 de 2008



Doctor
ENRIQUE MORALES
Personero Municipal de Maicao.
E. S. D.


Referencia: Solicitud de intervención frente cobro de factura unificada.


En el programa Radial cívico, cultural y comunitario “MAICAO EN MARCHA”, que se emite todos los domingos de 08:00 a 09:00, de la mañana, por la emisora Olímpica Estéreo, unos oyentes presentaron una inquietud frente al convenio establecido entre las empresas de servicios públicos de Energía Eléctrica y de Aseo, ubicadas en la ciudad de Maicao.

Como quiera que usted en su condición de Personero municipal, oficia y/o actúa por orden de la Constitución y la Ley como defensor del pueblo, el equipo del programa señalado, se permite mediante el presente oficio solicitar su intervención, para que las empresas de servicios públicos involucradas, aclaren la razones legales que le permiten hacer dicho convenio sin detrimento de los intereses de las familias que habitamos en Maicao. Que defienda los intereses de cientos de personas que no tienen la condición de ususarias.

No sobra recordarle, que en la mayoría de los casos la empresa que presta el servicio de aseo no tiene el respectivo contrato de condiciones uniforme que plantea el artículo 128 de la Ley 142 de 1994 con las personas o familias del municipio y estas mismas no utiliza ese servicio, por que tienen contratado un servicio con los denominados “Burritos”, que por más de 30 años presta ese trabajo en la ciudad.

Los CONTRATOS DE CONDICIONES UNIFORMES constituyen el instrumento por excelencia para que usuarios y prestadores puedan ejercer sus derechos y deberes dentro de la relación que surge de la prestación de un servicio público domiciliario.

Tal característica implica que, para todos aquellos eventos en los que pueda llegar a ser necesario, el contrato debe ser una herramienta clara y ágil, para que las partes cuenten con información veraz y oportuna sobre las reglas y procedimientos que deben surtir en cada evento posible.

Usted sabe a preciado personero que se requiere tener la calidad de suscriptor con la empresa de servicio para que esta pueda facturar dicha prestación y solo son suscriptores quienes firmen el contrato de condiciones uniforme; la referida ley 142 de 1994, en los artículos 14 y 128 señala o definen:

“14.31. SUSCRIPTOR. Persona natural o jurídica con la cual se ha celebrado un contrato de condiciones uniformes de servicios públicos”.

“ARTÍCULO 128. CONTRATO DE SERVICIOS PÚBLICOS. Es un contrato uniforme, consensual, en virtud del cual una empresa de servicios públicos los presta a un usuario a cambio de un precio en dinero, de acuerdo a estipulaciones que han sido definidas por ella para ofrecerlas a muchos usuarios no determinados”.

Como puede observarse, la definición de usuario tiene como elemento esencial el que este reciba o se beneficie de un servicio público, si la persona no se beneficia del servicio no tendrá nunca la calidad de usuario, no es suscriptor y mucho menos habrá firmado un contrato de condiciones uniforme, del que se dice debe ser “consensual”, que requiere del consentimiento de las partes que los suscriben.

Pregunto: ¿puede alguna empresa de servicio público pasar facturación a quien no recibe, no utiliza y no se beneficia del servicio y no tiene un contrato de condiciones uniforme con dicha empresa?

¿No será que con la factura unificada se introduce un elemento perturbador en las ya deterioradas relaciones de los usuarios con la empresa Electricaribe?

De ninguna manera es una defensa a ultranza, o por el simple prurito de incomodarlo; nos asiste el ánimo distinguido personero, de contribuir de manera positiva a una solución concertada de familias no suscriptoras, ni usuarias del servicio de aseo y la empresa Interaseo S.A. E.S.P, logrando el equilibrio perfecto que ponga fin al problema.

Esperando de su parte las gestiones pertinentes en procura de la solución, me despido, no sin antes desearles éxitos al frente del cargo y en lo personal.


Atentamente,



EURIPIDES PULIDO RODRIGUEZ
Coordinador del programa radial “Maicao en Marcha”

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