jueves, 21 de marzo de 2013

LA GUAJIRA SEGUIRÁ CON SOLO DOS REPRESENTANTES EN LA CÁMARA PARA EL PERIODO 2014 A 2018


José Carlos Molina B
Abogado y  Catedrático Universitario.
 
El pasado seis (6) de marzo  del presente año mediante la Resolución N° 2132 firmada  por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional, se abstienen de ajustar la cifras  para la asignación de curules  para el periodo 2014 a 2018, como se lo establece Nuestra Constitución Nacional.

Con el ya viejo, nauseabundo, decrepito y moribundo argumento de la falta de un censo poblacional distinto al del año de 1985, terminaron mediante la citada resolución absteniéndose  de ajustar las cifras de la  asignación de curules,  a pesar que en los años de 1995 y 2005, se realizaron un censo de población y vivienda, el Gobierno Nacional no lo adoptó como se lo ordena el artículo 7° de la ley 79 de 1993, que dice:

ARTICULO 7o. Dentro de los tres (3) meses siguientes al procesamiento y evaluación de los datos obtenidos en el censo, el Gobierno Nacional deberá presentar al Congreso de la República el proyecto de ley mediante la cual se adopten los resultados del censo. En todo caso, entre la fecha de realización del Censo y la de presentación al Congreso del aquí citado proyecto de Ley, no podrá transcurrir más de doce (12) meses”.

Mire usted amable lector, como el gobierno centralista atenta contra uno de los pilares de la democracia, que es la REPRESENTATIVIDAD  POPULAR; las democracias no solo son participativas, sino Representativas. Es así como todos los pueblos deberían poder elegir a sus representantes en proporción al número de habitantes, repito es de la esencia de la democracia. 

Nuestra Constitución en su artículo 176, establece:

“ARTÍCULO 1o.  La Cámara de Representantes se elegirá en circunscripciones territoriales, circunscripciones especiales y una circunscripción internacional. Habrá dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más p or cada 365.000 habitantes o fracción mayor de 182.500 que tengan en exceso sobre los primeros 365.000”.

 De acuerdo al DANE,  La Guajira en el censo poblacional del año 2005 teníamos   681,575 habitantes, que nos permite tener de acuerdo al artículo 176, cuatro (4) representantes a la Cámara para ser elegido en el año 2014,  como lo dice la misma Constitución en el parágrafo primero del mismo artículo 176 así:

“PARÁGRAFO 1o. A partir de 2014, la base para la asignación de las curules adicionales se ajustará en la misma proporción del crecimiento de la población nacional, de acuerdo con lo que determine el censo. Le corresponderá a la organización electoral ajustar la cifra para la asignación de curules”.

Me pregunto: Como se llamara esto ¿Negligencia administrativa o  mala intención de la clase política centralista  que nos gobierna?; ese parágrafo que le acabo de citar está desde la reforma a la constitución del año 2005, conocido como Acto Legislativo 03 y la obligación como lo dice el artículo 7° de la ley 79 de 1993, es conceder un plazo de tres (3) meses siguientes al procesamiento y evaluación de los datos obtenidos en el censo (del año 2005) y no podrán trascurrir más de 12 meses, para que el Gobierno Nacional presente el proyecto de Ley. 

Los pueblos necesitan tener representantes legítimos en todas las instancias de poder, que les permitan llevar la vocería y buscar alternativas de solución a sus diferentes problemas socioeconómicos. Si se cierran esas puertas y no se generan esos espacios   se restringe la democracia participativa.

Es cierto que  la iniciativa de esa  la ley no recae sobre el congreso sino en el ejecutivo; pero  si ha debido ser una tarea de nuestra clase dirigente; mejor  aún para aquellos que posan de ser muy amigos del gobierno y se toman fotos y asisten a cocteles y demás francachelas. Si se hubiese hecho bien la tarea,  hoy  estaríamos hablando que para el mes de marzo del año 2014 los Guajiros elegiríamos 4 representantes  a la cámara y no dos (2).

En este país las formalidades están por encima de la realidad y del derecho sustancial;  eso también es inconstitucional,  miren ustedes que la realidad hoy es que los guajiros estamos por encima de  818,695 habitantes de acuerdo a las estadística del  DANE, que es nuestro organismo rector en esa materia, pero por no haberlo adoptado formalmente,  tenemos  la aplicación de un censo del año 1985 que no se corresponde con nuestra realidad.

Este Departamento tenemos que cambiarle el destino, no podemos ni  debemos seguir indiferente a nuestra triste, difícil y realidad social, Política y económica; por eso parodiando a un gran hombre latinoamericano les digo: Guajiro si no eres parte del problema eres parte de la solución, así que a trabajar,  abandonar  la indiferencia y prender la conciencia.