domingo, 25 de abril de 2010

ALERTA PUEBLO DE LA GUAJIRA EN PELIGRO SUBSIDI EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

JOSÉ CARLOS MOLINA B
Abogado, presidente del Colegio de Abogados de Maicao



No es poca cosa lo que están a punto de perder miles de familias residentes en la Guajira, si tiene éxito la iniciativa del señor Gobernador de la Guajira JORGE PÉREZ, de acabar con la “política general de ayudas, becas y subsidios para el pago de la matricula de las personas de escasos recursos económicos, con el fin de facilitar su ingreso y permanencia en las instituciones de Educación Superior”.



El proyecto de ordenanza que pretende derogar (Subsidio económicos) la ordenanza 214 del año 2007, ya pasó el primer debate y espera los dos últimos. Hablé con algunos estudiantes al respecto y con sus rostros compungidos por la impotencia de sentirse solos, sin el respaldo de la dirigencia política de la guajira, afirmaron que están en las manos de Dios, de quien esperan, les haga el milagro de ablandar el corazón del gobernador y retire el proyecto o de la orden de “hundirlo”.

Tenían razón los antiguos y sabios guajiros, cuando aconsejaron al pasado gobernador que elevara a titulo de ordenanza el subsidio de la educación, para que no quedara a criterio del gobernante de turno. ¿Ustedes se imaginan donde no fuera necesario derogar ninguna ordenanza, sino que mediante un acto administrativo (Con un solo plumazo), en una rabieta del gobernante de turno terminara con el subsidio educativo?

No les faltan razón los estudiantes, cuando afirma que los han dejado solos, frente a esa amenaza; pero ¿que se puede esperar de una dirigencia política que está rodeando al gobernador sólo a la espera de un contrato? Que hacen parte de su comité de aplauso, que les da miedo sugerirle actos de sensatez. No se puede arremeter contra una ordenanza que tiene tan noble propósito, por los errores administrativos que se suscitan en la dinámica misma del manejo del subsidio. Los gobernantes no pueden ni deben ser inferiores a las dificultades que se presenten, deben tener la claridad suficiente para plantear alternativas de solución, pensando siempre en el bienestar colectivo; esa es la razón de ser de los administradores públicos.

En nombre de la sociedad civil a la que pertenezco, hago un llamado angustioso a todas las fuerzas vivas del departamento, para que hagamos causa común frente esta amenaza y se realicen las gestiones necesarias y evitar se derogue la ordenanza 214 del año 2007, que estableció como política departamental el subsidio a los estudiantes universitarios.

Señor gobernador, usted tiene fama entre sus amigos de ser un hombre práctico, ese proyecto de ordenanza es abiertamente impopular, enormemente perjudicial para las familias de la guajira; evite pasar a la historia como el gobernante que despojó de manera grave y triste a miles de jóvenes de la educación universitaria.

Como testigo y protagonista de mi tiempo me pronuncio frente a este problema planteado; las futuras generaciones no me podrán señalar como cómplice por mi silencio. Espero que el pueblo se pronuncie, las mujeres y los hombres, los mayores y menores, los profesionales, las amas de casa, los campesinos, los comerciantes, las acciones comunales, los lideres cívicos, los intelectuales y por supuesto los estudiantes.

Maicao, abril 23 de 2010

sábado, 10 de abril de 2010

EL CAMINO DE LA PROSPERIDAD ECONÓMICA ES EL VERDADERO NOMBRE DE LA PAZ

Desde que tengo memoria siempre escuché a los antiguos y sabios guajiros, que el problema estructural del conflicto colombiano radica en la profunda inequidad social y la pésima redistribución de las oportunidades y las riquezas en nuestra patria querida. Tan es así, que hace cuatro (4) décadas muchos jóvenes se vincularon al movimiento subversivo, con el sueño y la esperanza de llegar al poder y buscar el anhelado equilibrio político y socioeconómico que garantizara un gobierno progresista y resolver el problema que dio origen al conflicto.

Hoy nos encontramos con la amarga realidad que el conflicto no ha terminado, que el movimiento subversivo se degeneró, que los horrores de la guerra y el negocio de la droga desnaturalizaron los ideales políticos de la dirigencia guerrillera y por eso nadie se siente representado por ellos; pero la inequidad social y la pésima redistribución de las oportunidades y las riquezas, no solo continua sino que se agudiza día a día en cada nueva administración. (Observe los índices de pobreza, del empleo, desplazados, salud y educación).

Si ese análisis es correcto (como lo creo), en estas elecciones uno debería buscar una propuesta programática y política, que permita o posibilite resolver el real y genuino problema de fondo en el país: LA INEQUIDAD SOCIAL. Lo cierto es que estamos frente a tres (3) propuestas bien claras y definidas: Una que defiende el establecimiento y que fundamenta su administración en la SEGURIDAD DEMOCRÁTICA; lo que implicaría más de lo mismo. Otra, que critica fuertemente la Seguridad Democrática y propone la “TRANSFORMACIÓN CULTURAL Y EDUCATIVA DE COLOMBIA”. Plantea combatir la ilegalidad y fortalecer los valores a través de los programas de cultura ciudadana. La tercera, la que propone el candidato GUSTAVO PETRO, fundamentada en la EQUIDAD SOCIAL (Una política para disminuir la desigualdad y la pobreza); expone que la “PRODUCCIÓN DE LA RIQUEZA NECESITA DEL SABER, DEL CRÉDITO Y DE LA TIERRA URBANA Y RURAL”. Y a mi juicio un complemento indispensable: LA DEMOCRATIZACIÓN DEL SABER Y LA SALUD COMO UN BIEN PÚBLICO, para que deje de ser un negocio de particulares.

¿A que ciudadano decente no le gustaría que nuestro sistema de salud tenga un modelo de atención primaria integral, en manos del Estado y con énfasis en la medicina de atención directa y preventiva en la comunidad?

¿Qué los médicos estén en el barrio y la vereda, y no el ciudadano en la puerta del hospital? ¿Qué los médicos cumpliendo su juramento hipocrático tenga como prioridad prestar un servicio de excelencia y no los intermediarios de la salud pendiente de maximizar las ganancias sin importar la el destino del paciente?

PETRO viene planteando, como propuesta para el agro: “La exportación de alimentos es la oportunidad más realista de articularnos productivamente con la economía mundial. Propongo un nuevo modelo de desarrollo construido alrededor de la producción alimenticia agraria y la industria agroalimentaria”. El dice que así el campesino “encontrará EL CAMINO DE LA PROSPERIDAD ECONÓMICA, QUE ES EL VERDADERO NOMBRE DE LA PAZ”.

Afirma que “el incremento de la oferta alimenticia y su subsidio acabará el hambre en Colombia y permitirá el incremento del salario real y el nivel de vida. Que abrirá la puerta a partir de los diálogos y acuerdos locales y regionales a la reconciliación entre los colombianos”.


Uno puede creer o no creer, puede confiar o no confiar, en las propuestas, partidos y candidatos. El ciudadano Colombiano está en su legítimo derecho de desconfiar de los actores políticos, por años de frustración y desesperanzas; pero Gustavo Petro ha dado muestra en su vida pública, de tener EL CARÁCTER DEL HOMBRE HONESTO, que es capaz de desafiar y enfrentar a las mafias, por construir un congreso decente. Acordémonos que gracias a su valiente denuncia se destapó la llamada “PARAPOLÍTICA” y muchos de los congresistas que se beneficiaron con el dinero, de la sangre y el desplazamientos de miles de colombianos están hoy judicializados.

Con algunos de mis más cercanos amigos, con quienes mantengo un dialogo fraterno, franco, descomplicado y lejos de la emotividad que produce en ocasiones el tema político electoral, he venido sosteniendo diálogos y opiniones diversas, frente a los temas centrales y programáticos de las campañas presidenciales. Para mi, el tema principal como ya lo dije, es ERRADICAR LA PROFUNDA INEQUIDAD SOCIAL reinante en este país; como dijera un gran hombre del Caribe que se nos adelantó en el viaje final: “MIENTRAS EXISTAN PERSONAS EN ESTE PAÍS QUE TENGA QUE SALIR A BUSCAR EL DESAYUNO CON CUCHILLO, ESTAREMOS MUY LEJOS DE CONSEGUIR PAZ”.

Por su puesto existen opiniones muy respetadas, que les apuestan a gobiernos que se aprestan a combatir la ilegalidad y fortalecer los valores a través de los programas de cultura ciudadana. Frente a ello sostengo, que primero debemos construir equidad Social y con ello estaremos fortaleciendo los valores del ser humano.

Finalmente quiero decirles que sin pertenecer al partido POLO DEMOCRÁTICO, votaré por GUSTAVO PETRO, porque creo que es el que mejor representa e interpreta nuestra realidad; entiendo perfectamente que no será fácil, que las circunstancias electorales actuales nos indican que las mayores probabilidades de éxitos la tienen el partido de gobierno, por el inocultable poder de la maquinaria, que cuenta con los grandes medios de comunicación y los demás factores que inciden aún en esta democracia imperfecta. Lo que si me parece falto de principio, es que uno termine sufragando por el favorito de las encuestas, con el mediocre y manido argumento de no perder el voto. O retirase de una campaña porque las encuestas no le favorecen.

RECUERDE: El voto no es una mercancía; no estamos eligiendo un producto cosmético, estamos eligiendo un presidente… eligiendo un futuro de país.

¡Voten por el que crean que es mejor, sin importar lo que señalen las encuestas y si cree que nadie lo merece, vote en blanco, pero vote por favor!

José Carlos Molina B

sábado, 3 de abril de 2010

SI SE PUEDE EN EL NOMBRE DEL SEÑOR… PETRO PRESIDENTE


Les comento a todos mis amigos: Mockus, es una excelente opción presidencial para este país, pero he tomado la decisión de votar por PETRO. Al margen de los errores del ser humano que es, con todas sus debilidades, PETRO, al igual que MOCKUS, tiene el carácter del hombre honesto, que requiere este país. Mas allá de esa agradable coincidencia en el carácter, es un hombre pragmático y con una profunda sensibilidad social al mismo tiempo.

Sabe lo que quiere, como lo quiere y con quienes lo quiere y desde el congreso ha demostrado que está dispuesto arrebatarles a los mafiosos el poder en este país. Su propuesta para el campo y el empleo, no sólo son viables, sino necesarias, si queremos que la violencia no encuentre en la desocupación y en el hambre el caldo de cultivo y la justificación de este país en guerra.


Amigos y amigas simpatizantes de la campaña GUSTAVO PETRO PRESIDENTE, se requiere con urgencia aumentar los esfuerzos políticos proselitistas electorales, que nos permitan conseguir los votos para alcanzar la presidencia.

No es fácil y todo los sabemos, el hecho de tener tres candidatos (FAJARDO, MOCKUS, PETRO) disputándose los votos de opinión, reduce la posibilidad para los tres. Usted podrá decir que lo mismo ocurre con SANTOS, NOEMÍ Y VARGAS LLERAS, con la diferencia que los primeros tres no cuentan con la maquinaria. Sabemos que la maquinaria si funciona (Ejemplos de sobra).

Tenemos la fortaleza: Contar con un excelente candidato, que tiene el carácter del hombre honesto. La campaña de PETRO, viene proponiendo que cada persona consiga 50 votos; algunos amigos pensamos que ese debe ser el mínimo de votos por conseguir. Algo que nos ayudará mucho es hacer público el programa que se propone desde la campaña; es una propuesta muy buena y atractiva para los sectores DESEMPLEADOS, CAMPESINOS y los TRABAJADORES INDEPENDIENTES.

Trascribo parte de su propuesta para que sea motivo de análisis y de discusión si se quiere:

Le ha dicho al país: “El Trabajo en el siglo XXI para producir riqueza necesita del SABER, del CRÉDITO y de la TIERRA URBANA Y RURAL. En Colombia el saber, el crédito y la tierra se concentran en muy pocas manos, lo que impide que los colombianos tengan la oportunidad de prosperar y los excluye hacia la pobreza y la desigualdad social”.

Democratización del crédito:

“Para democratizar el crédito crearé cuatro bancos públicos: el BANCO DE LA MUJER, el BANCO DEL JOVEN, el BANCO DE LA VIVIENDA y el BANCO AGRARIO.

EL BANCO AGRARIO deberá ser capaz de entregar 14 billones de pesos anuales en créditos para hacer producir alimentos en las 15 millones de hectáreas de tierras fértiles que tenemos, de las que actualmente sólo se usan dos millones para este fin”.

El crédito agrario ayudará a integrar al campesinado a la prosperidad económica, única fórmula para alcanzar la paz, y podremos construir el modelo de desarrollo económico alrededor de la producción de alimentos y la industria agroalimentaria.

EL BANCO DE LA MUJER englobará al actual programa de Familias en Acción, que mantendremos. Pero además de entregar el subsidio a las madres cabeza de familia con fines de educación de los hijos, se ampliará al otorgamiento de préstamos productivos a las mujeres asociadas para convertirlas en generadoras de riqueza

3. Democratización de las tierras fértiles:

La exportación de alimentos es la oportunidad más realista de articularnos productivamente con la economía mundial. Propongo un nuevo modelo de desarrollo construido alrededor de la producción alimenticia agraria y la industria agroalimentaria.

Para ello incautaremos las tierras fértiles que posee la mafia y estableceremos un programa de sometimiento a la justicia con beneficio jurídico, incluida la decisión presidencial de no extraditar a los narcos que entreguen sus bienes y reparen sus víctimas y den garantías de no repetición

El campesinado encontrará así el camino de la prosperidad económica, que es el verdadero nombre de la paz. El incremento de la oferta alimenticia y su subsidio acabará el hambre en Colombia y permitirá el incremento del salario real y el nivel de vida. Abriremos la puerta a partir de los diálogos y acuerdos locales y regionales a la reconciliación entre los colombianos, con la creación de las condiciones objetivas que generen el perdón de las víctimas a los victimarios.

Una política para disminuir la desigualdad y la pobreza:

Actualmente en Colombia las políticas de salud, educación, servicios públicos, vivienda y pensiones son un negocio de particulares y no disminuyen la desigualdad social. Han perdido su objetivo porque se han construido alrededor del mercado y el negocio particular. Reformaremos las leyes que vertebran la política social en Colombia volviéndola de carácter público o común.

En salud construiremos el modelo de atención primaria integral en manos del Estado y con énfasis en la medicina de atención directa y preventiva en la comunidad. El médico estará en el barrio y la vereda, y no el ciudadano en la puerta del hospital.

En servicios públicos crearemos el servicio común de telecomunicaciones en los barrios pobres de carácter gratuito, y el agua será un derecho fundamental y no una mercancía.

Una política de seguridad integral:

Construiremos una Política de Seguridad Integral, sin falsos positivos y respetuosa de los derechos humanos, sobre la cual integraremos la seguridad policial que desactive la delincuencia urbana, la cultura ciudadana que desactive la intolerancia, y políticas más sólidas de seguridad alimentaria, climática, ambiental y social en Colombia.



Ofrezco mis disculpas por abusar siempre de su tiempo. Si gana Mockus, es muy bueno, pero si gana PETRO será mejor.



José Carlos Molina B



lunes, 22 de marzo de 2010

ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE LOS DISCAPACITADOS: PROBLEMA JURÍDICO SUJETO A LA POSTURA INTERPRETATIVA DE UN ESTADO SOCIAL DE DERECHO

En mi hermosa y placentera condición de docente catedrático de la universidad de La Guajira, he venido compartiendo las asignaturas de Derecho Constitucional y Régimen Laboral con los estudiantes de Administración de Empresa, en la extensión que la Universidad tiene en Maicao. Siempre se genera gracias a Dios, la posibilidad de aprender por las inquietudes de los estudiantes. Es así como en estos días, una jovencita expresaba su preocupación en la clase, por el despido de los trabajadores enfermos y con altos niveles de discapacidad física.



Esa inquietud generó de inmediato, la espontanea y solidaria discusión jurídica (Obviamente, discusión dentro de las limitaciones jurídicas de los estudiantes de administración de empresa), entre los estudiantes, que fue necesario aplazar para el próximo encuentro por razones de tiempo; quedando el compromiso de mi parte, de recaudar la mayor información jurisprudencial posible, que permita al grupo tener un criterio claro alrededor de la posibilidad legal de despedir a un empleado con profunda limitaciones físicas, que lo sitúen en el denominado grupo de discapacitados.



Definido el problema jurídico, salí en la búsqueda de mayor información, con la claridad y la advertencia para mis estudiantes, que el derecho no solo lo define la ley, como norma, sino, que de él hacen parte como fuentes principales, la doctrina y la jurisprudencia, que en muchas ocasiones, no solo son fuentes, si no, también constituyen precedentes importantes para los operadores de justicia (Jueces y Magistrados), a la hora de tomar una decisión de un caso determinado. Los abogados sabemos también, que la postura interpretativa y la valoración ideológica, no puede ni debe ser exegética (apegada a la letra, sin mayor margen de interpretación), de tal forma, que los jueces saben perfectamente, que el único que no debe tener una postura ideológica es él, a la hora de tomar una decisión, su valoración jurídica debe estar más allá de la frialdad de la ley y tener en cuenta, las normas constitucionales, la doctrina y la jurisprudencia, todo ello en concordancia con los hechos y las pruebas.



PROBLEMA JURÍDICO:



a. Despido de un trabajador discapacitado en razón a su discapacidad o invalidez.



b. Terminación del contrato a termino fijo cuando un trabajador está discapacitado



Antes de acudir a la ley y a la jurisprudencia, revisemos la norma constitucional al respecto: La constitución del año 1991, dentro de la dinámica del Estado Social de Derecho, implementó como política de Estado, una protección a los disminuidos o discapacitados por razones físicas sensoriales y psíquicas. Para ello planteó en los artículos 13, 47, 54, y 68, la norma constitucional que soporta y garantiza la protección especial para este grupo de la población.



1. En el artículo 13, último párrafo dijo: “El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, FÍSICA O MENTAL, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”.

2. El artículo 47 dijo: “ARTÍCULO 47. El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos FÍSICOS, SENSORIALES y PSÍQUICOS, a quienes se prestará la atención especializada que requieran”.

3. “ARTICULO 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los MINUSVÁLIDOS el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud”.

4. En el último párrafo del artículo 68 dijo: La erradicación del analfabetismo y la educación de PERSONAS CON LIMITACIONES FÍSICAS O MENTALES, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.



Esa serie de artículos en la constitución nos deja claro la preocupación y la intención del constituyente, en proteger a ese grupo de personas que por circunstancias de la vida sufre los rigores de una discapacidad física. Después vemos como en el año de 1997 se implementa en el país una ley impulsada por el senador Clopatofsky, la ley 361, que introduce en nuestra legislación, mayores beneficios para los discapacitados. En el artículo 26 dijo:



“ARTÍCULO 26. En ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar. Así mismo, ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina de Trabajo”.



Observen ustedes la clara diferencia establecida entre DESPIDO Y TERMINACIÓN que maneja el artículo. Despido y terminación del contrato de trabajo o laboral, siempre han sido dos conceptos jurídicos distintos en la legislación laboral. Pareciera que el artículo estudiado planteara una estabilidad absoluta, pero al finalizar el primer párrafo introduce un procedimiento o tramite consistente en la autorización de la oficina del Trabajo, para permitir el despido. Ese tramite legal que refuerza para el empleador el principio de libertad de empresa, a mi juicio afecta el principio de estabilidad en el empleo, que nos plantea el artículo 53 de nuestra constitución.



Afortunadamente, la honorable Corte Constitucional, ha interpretado y desarrollado, los artículos de la constitución referenciados, desde una postura interpretativita de un autentico ESTADO SOCIAL DE DERECHO y lo que ello significa en términos cualitativos y de bienestar para todos los asociados de la patria.



La honorable Corte suprema de Justicia, tiene una interpretación desde lo legal y por su puesto con un resultado distinto, presentándose, lo que se ha conocido en el país como “choque de trenes”. El origen del enfrentamiento de las altas cortes, como máximos organismo (última instancia), deriva entre otros aspectos jurídicos, de los fallos de Exequibilidad condicionada, que ha hecho la Corte Constitucional, en el estudio de la ley 361 del año 1997 y de los artículos 45,46 y 61 del CST, en las sentencias: C- 531 de año 2000 y C- 016 del año 1998, entre otras sentencia donde la Corte Constitucional, declara la exequibilidad pero con una condición.



Siempre me he declarado admirador de los miembros (Magistrados), de la Corte Constitucional, que inició, después de creada por la Constitución del año 1991 (y no de estos Magistrados de la actualidad). A mi juicio, fueron los encargados de abrir puertas y ventanas jurídicas en busca de rescatar el espíritu del autentico Estado Social de Derecho. Pero tengo que confesar (de puro atrevimiento), que no me gustó para nada esas sentencias de exequibilidad condicionadas, sobre todo la C- 016 del año 1998. El país en materia laboral y estabilidad del empleo fuera distinto, si el fallo hubiese sido de inexequibilidad.



Pero bueno, sigamos con el problema jurídico que nos convoca. Este asunto, como todos los temas jurídicos, tiene tanto de largo como de ancho y existen desde normas internacionales, leyes, decretos reglamentarios y jurisprudencias que lo dinamizan así: Convenio de la O.I.T, N° 159 de 1998, la ley 776 de 2002 y el decreto 2177 de 1989 y entre otras sentencias la T- 427 de 1992, la T1040 de 2001, la T-531 de 2000 y la T- 519 de 2003.



En conclusión la Corte Constitucional, plantea la revocatoria de primera instancia y ordena el reintegro del trabajador (menos en la T-427 de 1992, porque no se demostró la discapacidad), pero en general la Corte es del siguiente criterio:



“En conclusión se puede afirmar que (i) en principio no existe un derecho fundamental a la estabilidad laboral; sin embargo, (ii) frente a ciertas personas se presenta una estabilidad laboral reforzada en virtud de su especial condición física o laboral. No obstante, (iii) si se ha presentado una desvinculación laboral de una persona que reúna las calidades de especial protección la tutela no prosperará por la simple presencia de esta característica, sino que (iv) será necesario probar la conexidad entre la condición de debilidad manifiesta y la desvinculación laboral, constitutiva de un acto discriminatorio y un abuso del derecho. Por último, (v) la tutela sí puede ser mecanismo para el reintegro laboral de las personas que por su estado de salud ameriten la protección laboral reforzada, no olvidando que de presentarse una justa causa podrán desvincularse, con el respeto del debido proceso correspondiente”.



En este tema podríamos seguir planteando inquietudes jurídicas, pero ya me he extendido demasiado y no quiero seguir abusando de la generosidad de su tiempo, que al decir de un amigo: “EL TIEMPO ES NUESTRO MAYOR PATRIMONIO”; por consiguiente solo me resta ofrecer mi gratitud por la atención prestada y decirle que el debate está abierto sin limitaciones, con tolerancia, respeto por las ideas y el derecho a expresarlas.







José Carlos Molina B



Abogado docente universitario y presidente del Colegio de Abogados de Maicao CODAMA

domingo, 7 de marzo de 2010

ROBERTO ENRIQUE PINEDA IN MEMORIAM

La primera vez que vi a mi amigo ROBERTO PINEDA, fue a mediado de la década de los años 70, no recuerdo exactamente el año, ni el mes, pero debió ser un viernes por la mañana. Fue en una entrevista que le realizó en su acostumbrado noticiero matutino, a unos Boxeadores aficionados que tenían gran reconocimiento en la ciudad, no solo por su calidad profesional, sino, por ser hermanos de Antonio Cervantes Kit Pambelé (José “Pambelito” Cervantes) y Rodrigo “Roky” Valdez, (Alfredo Pitalua). Después, esos boxeadores representarían a la Guajira en un torneo nacional aficionado.

Yo había llegado a la emisora con los boxeadores el día de la entrevista, porque vivía al lado del gimnasio donde entrenaba todas los días y me había ganado la amistad de los atletas a pesar de mi corta edad; ellos en un gesto de cariño me llevaron a conocer la emisora. Nunca había visto a Roberto, siempre lo escuchaba por las mañanas; él con ese tono de voz y su facilidad de expresión tenía cautivado a su audiencia. Esa mañana no solo lo conocí a él, también entré por primera vez a la emisora, expectante y maravillado por observar de cerca el embrujo y la magia que le daba vida a esas pequeñas cajitas que hablaban y cantaban en nuestras casas.

La ciudad de Maicao vivía quizás su mayor época de esplendor económico en la década de los setenta (70) y Roberto Enrique Pineda, era una especie héroe municipal al que todos nos acostumbramos a ver en la cotidianidad de nuestros días y así fue perdiendo entre nosotros esa magia que tienen los artistas que solo vemos a la distancia y cautiva cuando aparecen. Con Roberto nos ocurrió que su trato amable, cordial y permanente lo convirtió en un ser más terrenal con sus defectos y virtudes, pero le seguimos guardando el respeto y el aprecio de siempre.

Los años pasaron y obviamente dejé de ser el niño y luego el adolescente y me trasformé en el adulto que pudo interactuar con el profesional de la radio que siempre admiré desde niño. Él con mayor recorrido y experiencias, había caminado parte de la costa atlántica en diferentes emisoras por varios años, pero luego regresó a la tierra que lo adoptó como a uno de los suyos y lideró programas de corte cívico y social, que le dieron mayor popularidad y vigencia. El recuerdo que tengo de mi amigo es el de un hombre amable, cordial, entusiasta y de un dominio excelso del micrófono y la cabina de radio.

Rafa Pérez, su compañero en el control máster, nos contaba a un grupo de amigos, que el último día que Robert estuvo en la emisora, llegó como siempre a las cinco y quince minutos de la mañana y dentro de la cabina su cuerpo no respondía, su obligación estaba por encima de todo, aún sintiéndose mal llegó temprano a su puesto de trabajo; Rafa, se asombró al verlo en esa condiciones físicas y de inmediato, acudió por ayuda.

Fue trasladado a Barranquilla, logré comunicarme con él, algunos días después y me dijo que se sentía mejor, que pronto estaría de regreso en su trabajo y la verdad a pesar de sentirle la voz apagada y débil, cerré la conversación telefónica convencido que era verdad y que pronto estaría de nuevo en su noticiero; le creí igual que creía cada una de sus noticias, jamás me imaginé ese desenlace fatal que hoy entristece las almas de quienes fuimos sus amigos.

José Luis, uno de sus discípulos, sentenció un día después de su muerte, que Maicao no sabe aún lo que perdió; que no hemos valorado la perdida de ese profesional de la radio. Con frecuencia a los humanos nos ocurre lo mismo, después de la perdida valoramos lo perdido.

Mi mamá, una mujer que la vida la llenó de experiencias, a puro golpe, pulso y coraje, cuando escucha hablar siempre de las bondades de las personas, dice en modo de advertencia: “¿Fulano es Bueno? ¡Viví con él para que veas!; por ello tengo que decir que sin duda, Roberto tenía muchos defectos como ser humano, pero yo prefiero el ROBERTO ENRIQUE PINEDA que conocí y traté en varios escenarios y puedo decir sin que me quede nada por dentro: FUE UN SER HUMANO EXCEPCIONAL, QUE AMO PROFUNDAMENTE SU PROFESIÓN Y LA VIDA, PORQUE A LA MUERTE PLANEABA DEJARLA PARA DESPUÉS.



José Carlos Molina B

Abogado litigante, presidente del colegio de Abogados de Maicao, docente universidad e La Guajira.

martes, 23 de febrero de 2010

FORMAS DE COBRO DE HONORARIOS

El presente documento es un resumen de un artículo relacionado con el tema de honorarios, de la doctora Natalia Tobón*, que el Colegio de Abogados de Maicao en cabeza de su presidente ha extractado para contribuir con los miembros agremiados a nuestra organización, en un asunto que es vital para el desarrollo de la profesión del abogado.

Antes de abordar el resumen del criterio que todo abogado debe tener en cuenta para tasar sus honorarios, bueno es iniciar pensando en aquellos abogados que ofrecen sus servicios a menor precio para ganarse el cliente y evitar el encargo del proceso a otro abogado. Algunos juristas le llaman a ese comportamiento, COMPETENCIA DESLEAL, otros le dicen FALTA A LA LEALTAD CON LOS COLEGAS, esta última afirmación está sustentada en el numeral 1° del artículo 36 del Código Disciplinario del Abogado.

Este resumen que hemos preparado con mucho esmero y respeto por nuestra profesión y nuestros colegas, no tendría mucho sentido si no anexamos una tabla de tarifas de honorarios de abogados; por ello usted encontrará un documento al respecto denominado: TARIFAS DE HONORARIOS PROFESIONALES DE LA CORPORACIÓN COLEGIO NACIONAL DE ABOGADOS “CONALBOS”.

El presente resumen inicia con las formas del cobro de los honorarios:



SUMA FIJA: el abogado cobra una suma fija por toda la asesoría legal, suma que depende, entre otros, del tipo de negocio, del tiempo que tome, de la cuantía de los bienes involucrados, de lo que se pague comúnmente por esa diligencia y de la disponibilidad de las pruebas que tenga el cliente.

En Colombia, la Corporación Colegio Nacional de Abogados –CONALBOS– sugiere que cuando los honorarios se pacten por una suma fija, el cliente debe pagar el 50% al otorgar el poder respectivo, el 20% una vez se cierre el debate probatorio y el 30% restante al terminar el proceso, a menos que las partes hayan acordado por escrito otro sistema.

CUOTA LITIS: el profesional cobra como honorarios un porcentaje del objeto del pleito, pero solo si este se gana. Además, el abogado asume todos los gastos de la gestión. La Corte Suprema de Justicia ha explicado esta figura así: “La modalidad de la contratación de la gestión profesional a cuota litis admitida por ambas partes, indica de entrada para la Corte que los contratantes colocan de por medio la eventualidad de un resultado económico concreto y estimable que, de darse, será el parámetro único para establecer el valor de los honorarios que se generan a favor de quien ha puesto al servicio del mandante su gestión, su diligencia y sus conocimientos. Por eso, cuando el accionado dijo que el juez estuvo equivocado al estimar el valor de los honorarios valorándolos sobre la cuantía de las pretensiones de la demanda, por tal aspecto no incurrió en vía de hecho alguna, puesto que la decisión cuestionada no se muestra como caprichosa o irracional (…)”

En Colombia no existe una norma legal que establezca límites al cobro de honorarios en la forma de CUOTA LITIS.

HONORARIO MIXTO: se habla de honorario mixto cuando los honorarios se cobran una parte como suma fija y otra como un porcentaje o participación económica en los resultados favorables del proceso.

COBRO POR HORAS: se cobra al cliente de manera proporcional al tiempo que gasta el abogado atendiendo el caso. Normalmente, la tarifa por horas de cada abogado varía dependiendo de su experiencia, buen nombre, especialidad y costumbre en el ramo. El cobro por horas es una modalidad de cobro de honorarios muy común en Norteamérica, en Europa y en algunas firmas grandes de abogados en Colombia que representan clientes del extranjero.

PRIMA DE ÉXITO: Se denomina prima de éxito aquellos honorarios adicionales que el cliente paga al abogado cuando obtiene un resultado favorable. Mientras en la cuota litis el abogado sólo recibe honorarios si el proceso se gana, en la prima de éxito el abogado siempre recibe honorarios, incluso en el evento en que en el proceso se obtenga un resultado adverso. En Colombia ni la legislación ni la jurisprudencia se han referido a la prima de éxito. En España, el Código Deontológico de la Abogacía prohíbe los pactos de cuota litis, pero permite pactar la prima de éxito, siempre y cuando la suma que se cancele al abogado cuando el resultado del proceso es adverso sea suficiente para cubrir, como mínimo, el costo de la prestación del servicio jurídico concertado.

EL ABOGADO QUE NO HABIENDO ACORDADO HONORARIOS aspira que estos le sean fijados por el juez, deberá demostrar dos cosas: primero, que realmente prestó sus servicios, y segundo, el monto de la remuneración usual, esto es, lo que acostumbran cobrar los abogados “en atención a la naturaleza, cantidad, calidad e intensidad u otros aspectos pertinentes relativos a las gestiones cumplidas”.

LA REMUNERACIÓN USUAL SE PRUEBA “en los términos del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, vale decir, con apoyo en testimonios o en documentos auténticos, como pueden ser las tarifas definidas, con aprobación del Ministerio de Justicia, por los colegios respectivos”.

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA HIZO ÉNFASIS EN QUE EL CÁLCULO DE LOS HONORARIOS SE HACE CON BASE EN EL ARTÍCULO 189 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL y no en la forma en que lo dispone el artículo 393, inciso 3º del Código de Procedimiento Civil, pues este último precepto se refiere a la fijación de agencias en derecho, que son distintas a los honorarios.

ARTÍCULO 189. PRUEBAS DE USOS Y COSTUMBRES. Los usos y costumbres aplicables conforme a la ley sustancial, deberán acreditarse con documentos auténticos o con un conjunto de testimonios.

ARTÍCULO 393. LIQUIDACION. Las costas serán liquidadas en el tribunal o juzgado de la respectiva instancia o recurso, inmediatamente quede ejecutoriada la providencia que las imponga o la de obedecimiento a lo resuelto por el superior, con sujeción a las siguientes reglas:


1. El secretario hará la liquidación y corresponderá al magistrado ponente o al juez aprobarla u ordenar que se rehaga.

2. La liquidación incluirá el valor de los impuestos de timbre, los honorarios de auxiliares de la justicia, los demás gastos judiciales hechos por la parte beneficiada con la condena, siempre que aparezcan comprobados, hayan sido útiles y correspondan a actuaciones autorizadas por la ley, y las agencias en derecho que fije el magistrado ponente o el juez, aunque se litigue sin apoderado.

3. Para la FIJACIÓN DE AGENCIAS EN DERECHO deberán aplicarse las tarifas que establezca el Consejo Superior de la Judicatura. Si aquéllas establecen solamente un mínimo, o este y un máximo, el juez tendrá además en cuenta la naturaleza, calidad y duración de la gestión realizada por el apoderado o la parte que litigó personalmente, la cuantía del proceso y otras circunstancias especiales, sin que pueda exceder el máximo de dichas tarifas.

Sólo podrá reclamarse la fijación de agencias en derecho mediante objeción a la liquidación de costas.

4. Elaborada por el secretario la liquidación, quedará a disposición de las partes por tres días, dentro de los cuales podrán objetarla.

5. Si la liquidación no es objetada oportunamente, será aprobada por auto que no admite recurso alguno.

6. Formulada objeción, el escrito quedará en la secretaría por dos días en traslado a la parte contraria; surtido éste se pasará el expediente al despacho, y el juez o magistrado resolverá si reforma la Liquidación o la aprueba sin modificaciones.

Cuando en el escrito de objeciones se solicite un dictamen de peritos sobre las agencias en derecho, se decretará y rendirá dentro de los cinco días siguientes. El dictamen no requiere traslado ni es objetable, y una vez rendido se pronunciará la providencia pertinente de conformidad con el dictamen, excepto que el juez o el magistrado ponente estime que adolece de error grave, en cuyo caso hará la regulación que considere equitativa. El auto que apruebe la liquidación será apelable, respecto a las agencias en derecho, en el efecto diferido por el deudor de ellas y en el devolutivo por el acreedor.

¿PUEDE EL CLIENTE NEGARSE A PAGAR HONORARIOS PORQUE ELNEGOCIO ENCOMENDADO NO TUVO ÉXITO?

NO, a menos que las partes lo hayan pactado así o que los honorarios se hayan pactado bajo el sistema de cuota litis. En efecto, el artículo 2184 del Código Civil establece que el mandante (cliente) está obligado a pagar al mandatario (abogado) la remuneración estipulada o la usual y los costos necesarios para la ejecución del mandato, independientemente del éxito de la gestión.

EL CLIENTE Y NO EL ABOGADO ES QUIEN DEBE PAGAR EL IVA POR LOS SERVICIOS LEGALES.

EL CLIENTE ES EL RESPONSABLE ECONÓMICO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO –IVA– POR SERVICIOS LEGALES (el que los debe cancelar) y el asesor jurídico es el responsable jurídico (el que los debe remitir al Estado). Esto es así, aunque no se diga expresamente en el contrato. Por lo tanto, si un abogado modifica unilateralmente un contrato donde se pactaron honorarios cuota litis para incrementar ese porcentaje con lo que el cliente debe cancelar por concepto de IVA a la administración de impuestos, no incurre en ninguna falta. Lo anterior, porque los abogados están obligados a facturar IVA y porque los contratos obligan no solo a lo que en ellos se expresa sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación o que por ley pertenecen a ella (C.C., art. 1602)44.

¿PUEDE UN ABOGADO ABANDONAR UN CASO, SI NO SE LE HAN CANCELADO LOS HONORARIOS?

No. En el evento en que se presente el incumplimiento en el pago de los honorarios, el litigante no se encuentra obligado a continuar el ejercicio del mandato, PERO LO QUE DEBE HACER ES RENUNCIAR AL PODER Y NO ABANDONAR EL PROCESO. “El camino que tiene el abogado sometido a este predicamento no es otro que el de renunciar al poder, dando a conocer, oportunamente, su determinación al mandante, y aviso, igualmente, al despacho judicial donde se tramita el asunto que le ha sido encomendado, pues, como tantas veces se ha dicho, no obstante estar involucrados los altos intereses de la justicia en el ejercicio de la profesión del derecho, esta no puede cumplirse por fuera de los parámetros que se desprenden de su carácter liberal e independiente, sujeta a las leyes del mercado, y para cuya garantía las normas que regulan el contrato de mandato establecen obligaciones recíprocas entre mandante y mandatario”

*Resumen tomado del artículo de la doctora Natalia Tobón: La autora es abogada de la Universidad de los Andes, máster en leyes sobre propiedad intelectual, comercio y tecnología de Franklin Pierce Law Center en Estados Unidos. Actualmente se desempeña como profesora titular de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario.


José Carlos Molina B

Abogado, especialista en Derecho Laboral, Relaciones Industriales y Derecho Político. Presidente del Colegio de Abogados de Maicao CODAMA.

domingo, 14 de febrero de 2010

¿QUE DICEN LOS ASPIRANTES POR LA GUAJIRA AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL TEMA REGIÓN CARIBE?

Invito a todos mis coterráneos a Votar en forma masiva este 14 de marzo por la Consulta a constituirnos en una nueva entidad territorial REGIÓN CARIBE.

Como es una CONSULTA POPULAR "PEDAGÓGICA", de acuerdo a la autorización del Consejo Nacional Electoral C.N.E. La pregunta podría ser la siguiente:



“Voto a favor de la constitución de la Región Caribe como una entidad territorial de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera, que promueva el desarrollo económico y social de nuestro territorio dentro del Estado y la Constitución Colombiana”.

Para una respuesta de SI o NO, obviamente debería ser un si mayoritario y rotundo. Se procede entonces a la respectiva votación el domingo 14 de marzo. Es importante que todos nuestros congresistas se identifiquen con ese propósito, por que serán ellos los encargados de liderar la aprobación de la LEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (LOOT), que permita finalmente convertirnos en entidad Territorial REGIÓN CARIBE.

Desde que la Constitución de 1991 introdujo la posibilidad en los artículos 306 y 307 de constituirse en Región, estamos a la espera que el Congreso expida la famosa ley Orgánica de la que nos habla el artículo 307.

Se pretende con la iniciativa popular (Consulta), presionar al Gobierno Central para que impulse la famosa Ley Orgánica en el Congreso, hecho este que no será fácil, por la vocación centralista del país y los intereses que están en juego.

LOS ARTÍCULOSDE LA CONSTITUCIÓN DICEN LO SIGUIENTE:

“ARTÍCULO 306. Dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio. Su objeto principal será el desarrollo económico y social del respectivo territorio”.

“ARTÍCULO 307. La respectiva ley orgánica, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial, establecerá las condiciones para solicitar la conversión de la Región en entidad territorial. La decisión tomada por el Congreso se someterá en cada caso a referendo de los ciudadanos de los departamentos interesados”.

“La misma ley establecerá las atribuciones, los órganos de administración, y los recursos de las regiones y su participación en el manejo de los ingresos provenientes del Fondo Nacional de Regalías. Igualmente definirá los principios para la adopción del estatuto especial de cada región”.

Esta iniciativa está liderada por los mandatarios Eduardo Verano, Gobernador del Atlántico y Judith Pinedo, Alcaldesa de Cartagena, entre otros lideres destacados de Barranquilla y Cartagena. No observo un liderazgo claro de nuestros mandatarios en La Guajira por esa iniciativa, nos hemos quedado rezagados; sólo el doctor Amylkar Acosta Medina, hace presencia y opina. Estamos bien representados por supuesto, sin ninguna duda, pero sería muy importante que nuestros gobernantes se compenetraran mas con el tema, para institucionalizarlo (Igual que sus pares del atlántico Y Bolívar), que las Universidades y las Instituciones Educativas, asuman el liderazgo que la iniciativa popular amerita. NO ES POCA COSA LO QUE ESTÁ EN JUEGO.

Insisto, la sola consulta Pedagógica del 14 de marzo (el mismo día que elegimos el nuevo congreso de Colombia), no nos garantiza la creación de la REGIÓN CARIBE; se requiere de un trabajo arduo y tesonero, por toda la dirigencia de los departamentos de la Costa, para lograr la LEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (LOOT). Esta es una oportunidad histórica, que nos dirá de qué material estamos hechos los hombres y mujeres del Caribe colombiano.



El doctor Amylkar Acosta Medina ha señalado como siempre, con cifras (Decimos los abogados que las cifras matan los discursos) que:

“Basta con señalar que el crecimiento promedio de la región Caribe en los últimos años ha sido de 5,4%, inferior al crecimiento del PIB nacional del 6,78%. Cundinamarca, Antioquia, Bogotá y Valle del Cauca (el “triángulo de oro de la economía colombiana”) en el 2006 acapararon el 51,33% del PIB nacional. Entre tanto, la región Caribe con 21,3% de la población total del país se tuvo que contentar con 14,3% de participación en el PIB, muy por debajo de Bogotá que capturó el 25,9% (con el 16,3% de la población) y de Antioquia que tiene el 14,5% (con el 13,5% de la población). Es más, mientras Cundinamarca, Antioquia, Bogotá y Valle participaron en 2008 con el 64% en las exportaciones totales, el Caribe a duras penas alcanzó el 24%. Valga decir que todos los indicadores sobre calidad de vida de la región Caribe están por debajo del promedio nacional”.

Si están no son razones para que mujeres y hombres del Caribe colombiano tomemos la decisión de luchar unidos por un mejor tratamiento en el presupuesto Nacional, por una mejor redistribución de las oportunidades y las riquezas, díganme ustedes qué esperamos.

Los guajiros tendremos que estar atentos y muy activos, jugar un papel protagónico, no sea que el remedio termine siendo peor que la enfermedad; aquí se mueven intereses y nosotros tendremos que defender que la nueva criatura (Entidad territorial Región Caribe), responda al clamor general y a la satisfacción de las necesidades e intereses reales de todos los departamentos que conformaríamos la nueva entidad territorial.

De acuerdo a una programación el Gobernador del atlántico, el doctor Verano, debe llega el viernes 19 de febrero de visita al Departamento de La Guajira a Maicao y Riohacha, para promocionar y trabajar el tema. Estemos atentos.

Quiero terminar con una estrofa de una canción del maestro Francisco Zumaqué:

“REGIÓN CARIBE MI PASIÓN”

“Quiero sembrar la alegría, quiero abrazar a mi tierra, quiero vivir con mi gente, quiero luchar por mi herencia, quiero mostrar mi región, quiero invitarte a mi casa, quiero brindarte mi amor”

José Carlos Molina B

Abogado, docente Universidad de La Guajira, presidente del Colegio de Abogados de Maicao “CODAMA”