lunes, 20 de abril de 2009

LA DEMOCRACIA ELECTORAL EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS


Se vivió con mucha intensidad electoral la escogencia de la terna (3) de aspirantes para ser designado por el consejo superior el rector o rectora de la universidad de La Guajira. Fue una campaña parecida en colorido y euforia, a las que se dan en las entidades territoriales para escoger sus gobernantes.


Partidarios de los diferentes candidatos, lucharon hasta el último momento de la elección de la terna, para conseguir la mayoría de votos de los diferentes estamentos universitarios: Estudiantes, directivos, docentes y egresados. Quienes observaron el proceso electoral a la distancia, porque no pertenecen a ninguno de los estamentos, estaban convencido que el lunes 13 de abril de 2009, se escogía en forma directa, mediante el voto, al rector(a) de la universidad de La Guajira; incluso, no faltó, quien participando en el evento estuviera esa convicción errada.
Yo me pregunto:


¿ La no escogencia del Rector y los Decanos a través del voto directo y secreto por medio de cada uno de los miembros de los diferentes Estamentos Universitarios, atenta y afecta la academia, la ciencia y la administración de la Universidad pública?


¿Hasta que punto es conveniente la democracia electoral, para elegir Rector y Decanos en las universidades públicas?


Creo que con estas dos (2) preguntas bastan, pudiéramos hacernos otras, pero estas dos por el momento me sirven para desarrollar y compartir mi opinión con ustedes. Ojo intelectuales puros, no pretendo tener la última palabra en este asunto espinoso.


Considero importante recordar que el proceso de consulta popular (elección por votos) para escoger ternas, ha causado en diversas universidades del país conflictos de todo tipo, incluyendo manifestaciones violentas. Podemos señalar, las universidades de Cartagena, Córdoba, Atlántico, la Distrital, Cauca, Industrial de Santander, Pedagógica, La Nacional de Bogotá, hasta un candidato muerto hubo en la universidad de Córdoba.1.


Ello motivó a COLCIENCIAS, en el año de 1999, a organizar un primer estudio exploratorio sobre el tema. Evento que se realizó en el mes de agosto del año 2000 y se desarrolló sobre cuatro (4) temas así:


Composición del CSU, su eficacia y legitimidad, miembros y cualidades requeridas, participación de representantes gubernamentales, del sector productivo, de expertos, egresados, docentes y estudiantes;


Criterios y procedimientos de elección del Rector y sus consecuencias sobre la vida universitaria;

Concepto de democracia universitaria;

Propuesta de reforma al CSU, a su composición y al proceso de elección del Rector.


Esto nos sirve a todos de referente para entender lo que está pasando y saber a demás, que ya ha sido objeto de estudio por expertos en esta problemática. La legitimidad en una sociedad no solo la entregan los votos y menos si se trata del tema académico y científico; la legitimidad, la entrega el conocimiento, las investigaciones realizadas, los aportes científicos y sociales, la trasparencias, honestidad y en fin la tarea bien hecha.

1. Estudio realizado por ASCUN, puede ser consultado en www.ascun.org.co/gobierno.


Existe la idea de un alto número de miembros de los diferentes estamentos universitarios de modificar los Estatutos, para escoger o seleccionar la terna de manera distinta al electoral. Que sea por ejemplo mediante un organismo externo de reconocida idoneidad, que se encargue de hacer dicha selección (terna) por méritos y se los entregue al Consejo Superior, para la designación.


Desde luego que la comunidad universitaria debe ser vigilante del proceso, para que la designación del Rector(a) y Decanos, sea efectivamente por méritos; quien no ostente los requisitos y el conocimiento probado mediante hoja de vida y entrevistas, no debe ser designado y en eso debemos ser inflexibles. Lo cierto es que el aspirante a rector, no solo debe ser un académico, recuérdese que debe saber administrar, planear y dirigir una empresa dedicada a la calidad científica y producción del conocimiento; pero también debe ser auto sostenible. En una sociedad como la nuestra, cuyos gobiernos no tienen como política el fortalecimiento de las universidades públicas, las universidades requieren de sus administradores experiencia administrativa y mucha creatividad, para no ceder en la pretensión Estatal de privatizar en la practica la educación superior.


Es cierto que la ley 30 del año 1992, prevé en su artículo 66 lo siguiente:


“ARTÍCULO 66. El Rector es el representante legal y la primera autoridad ejecutiva de la universidad estatal u oficial y será designado por el Consejo Superior Universitario. Su designación, requisitos y calidades se reglamentarán en los respectivos estatutos”.


También es cierto y es donde a mi juicio está la camisa de fuerza, que el parágrafo único del artículo 66 dice: “El Estatuto General determinará los requisitos y calidades que deben reunir los candidatos y los procedimientos para la integración de esta terna, en los cuales deberá preverse la participación democrática de la comunidad académica”.


Esa última parte del parágrafo que señala la participación democrática de la comunidad académica, es la que ha hecho que las universidades contemplen en sus Estatutos, los procesos electorales para escoger sus ternas. Son esos mismos procesos electorales quienes propician la polarización y la división de los Estamentos universitarios, en la búsqueda del poder, que representa el hecho de ser la primera autoridad ejecutiva de la universidad estatal u oficial.


No es difícil observar la presencia de los diferentes grupos políticos tratando de ganar espacio y poder y de esa forma terminan esas elecciones copiando todos los vicios de los certámenes electorales tradicionales, con la fuerza y la dinámica del márquetin político y lo que eso es capaz de producir en términos de imagen personal de candidatos.


Un ejemplo: el actual Gobernador del departamento de La Guajira, el doctor JORGE PÉREZ, no asistió a la sesión del Consejo Superior Universitario (CSU), programada por él, para el día 18 del presente mes de abril de 2009, para que el CSU, designara el rector o rectora, lo que obligó a su postergación.


Soy del criterio, que la universidad debe pensar en un mecanismo distinto del electoral para escoger la terna. Esos procesos para lo único que ha servido es para dividir a la universidad. Mientras ello ocurre, si es que ocurre, quienes participamos en esos certámenes debemos entender: 1°. El que consigue el mayor numero de votos no es de forma automática elegido como rector(a), lo que se está constituyendo es una terna. 2°. En ocasiones el candidato que consigue un numero mayor de votos, no necesariamente representa la voluntad de la totalidad de los cuatros estamentos universitarios que participan. 3°. El hecho que los amigos no coincidamos en el apoyo a un candidato, eso no nos convierte en enemigos. Debemos ser tolerantes y respetuosos por las ideas de los otros. Las elecciones no tienen porque ser un evento de los buenos y los malos, de las victimas y los victimarios. Las elecciones en este caso, son una de las tantas expresiones de la democracia para escoger una terna.


José Carlos Molina B

domingo, 29 de marzo de 2009

APORTES PARA UN DEBATE JURÍDICO Y POLÍTICO

Después de publicar un escrito el pasado 26 de marzo, al que denominé RAZONES PARA EL OPTIMISMO, recibí muchos comentarios vía correos electrónicos (Email), telefónicos y de manera personal. Algunos de los cuales, de destacados colegas (Abogados), que coinciden con mi punto de vista y desde luego, varios que tienen una opinión diferente, sustentada en el análisis de las pruebas dentro del proceso y en el Salvamento de Voto de uno de los Magistrados. Reconocer también, que no solo de los abogados he recibido comentarios a favor y en contra; amigos y conocidos, analistas de la política regional y en fin de un numeroso y variado grupo de personas interesadas todas por la suerte y destino de este departamento.

¿EN QUÉ HA CONSISTIDO EL DEBATE JURÍDICO Y CUALES HAN SIDO LOS PUNTOS DIVERGENTES?
Son varios, pero solo relacionaré los que a mi juicio son los de mayor discusión jurídica y mas dudas generan:

1. Si el Acto de Inscripción como Acto previo debía demandarse.
2. Si presta merito probatorio la experticia que obra en el proceso.

Como este no es un documento cuyo destinatario sean solo los Abogados, (sin dudar desde luego, de la capacidad de análisis jurídico de quienes no lo son), creo necesario por razones didácticas, que expliquemos de manera brevísima, de lo tratan esos dos aspectos.

EL PRIMERO (1): SI EL ACTO DE INSCRIPCIÓN COMO ACTO PREVIO DEBÍA DEMANDARSE.
La discusión se centra en que la parte demandante, es decir el Doctor Miguel Murgas, por intermedio de su apoderado, el doctor José Manuel Abuchaibe, demandaron la nulidad del Acto de la declaración de la elección del doctor Jorge Pérez Bernier y no demandaron la nulidad del Acto de Inscripción del candidato Pérez Bernier, a juicio de la parte demandada, debían solicitar la nulidad del Acto de inscripción y como ello no fue así, la demanda no estaba llamada a prosperar por inepta.

Dicho en términos coloquiales: ¿si la inconsistencia está en el Acto de inscripción y bajo la certeza que nuestro derecho Contencioso Administrativo, es de los llamados derechos rogados (Como algunas cosas en la vida, uno tiene que pedirlo para que se lo den), porque no se solicitó la nulidad del Acto de inscripción?

MIREMOS CUALES FUERON LAS RAZONES JURÍDICAS DEL DEMANDANTE Y LA DEL TRIBUNAL:

El doctor José Manuel Abuchaibe, viejo conocedor del criterio jurisprudencial del honorable Consejo de Estado en materia electoral, sostiene que “en los procesos electorales, tal como lo establece el artículo 229 del Código Contencioso Administrativo, lo procedente es demandar el acto administrativo por medio del cual se declara la elección, no los actos intermedios, pues aunque puedan constituirse en el fundamento de la impugnación del acto principal tienen el carácter de preparatorios y solo el declaratorio de la elección es definitivo y el que debe demandarse”

Ha sido reiterativo el Consejo de Estado en ese criterio en afirmar: “En este orden de ideas, se puede concluir que la inscripción es un acto de trámite dentro del proceso administrativo electoral que culmina con la declaración de la elección hecha a favor de un(os) candidato(s), es decir: es un acto previo que impulsa la actuación administrativa electoral hacia la conclusión del proceso con la declaratoria de elección” Sentencia de mayo 4 de 1995[1]:

Yo creo que frete a ese tema en concreto el Consejo de Estado, no va a cambiar su criterio jurisprudencial. Para el consejo de Estado el Acto a demandar es el Acto de elección y no el de inscripción. En lo que tiene que ver con el segundo punto, que es entre otras cosas, el de mayor polémica del fallo del Tribunal, lo analizamos de la siguiente manera:

SEGUNDO (2): SI PRESTA MERITO PROBATORIO LA EXPERTICIA QUE OBRA EN EL PROCESO: Afirman los defensores de la demandada, que el cargo de Falsedad (Las firmas para la inscripción), no está debidamente demostrado, por la falta de valor probatorio, porque no fue válidamente recaudada; dado que la experticia o testimonio del señor José Reynel Azuero González, experto grafólogo que realizó el estudio de las firmas de la inscripción del candidato Pérez, es un estudio privado aportado por los demandantes.

Afirman también, que es la Fiscalía General de la Nación quien tiene la competencia para determinar la falsedad del documento en cuestión y no un perito o experto particular. Agregan, que el tribunal lo que ordenó que se practicara fue un testimonio y no dictamen pericial.

Para entrar en la discusión que se plantea, es estrictamente necesario revisar nuestro Código de Procedimiento Civil, que en materia de procedimiento (derecho procesal), en nuestra legislación, es el que marca la pauta y define las actuaciones procesales en la mayoría de las materias (en algunos casos existen normas procesales especificas).

Lo primero en señalar es que la carga de la prueba la tiene quien inicia el proceso o interpone la demanda. Es el interesado y debe aportar todo lo que crea pertinente en materia de prueba a la luz de nuestras normas procesales. Es decir el señor Miguel Murgas, por intermedio de su apoderado (José Manuel Abuchaibe), debía aportar las pruebas de lo que afirmaba o señalarle al honorable Tribunal donde estaban las pruebas para que las recaudara. Por ello los demandantes aportan los documentos, donde están las firmas de las personas que respaldaron la inscripción.

¿QUE DICE NUESTRO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL RESPECTO DE LOS DOCUMENTOS AUTENTICOS?

Me permito trascribir el artículo 252 del CPC:

ARTÍCULO 252. DOCUMENTO AUTÉNTICO. 26 de la Ley 794 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:> Es auténtico un documento cuando existe certeza sobre la persona que lo ha elaborado, manuscrito o firmado. El documento público se presume auténtico, mientras no se compruebe lo contrario mediante tacha de falsedad. (El subrayado fuera del texto original).

Revisando el expediente, no encuentro que la parte demandada haya tachado de falso el documento presentado por los demandantes, que debieron haberlo hecho. La entrega de documentos aportado, lo que buscó fue desvirtuar la autenticidad del documento contentivo de las firmas de respaldo y probar como efectivamente se hizo, que no existía la certeza de la autenticidad de las firmas. Amigos y amigas, miren el artículo citado y opinen, si no está ajustada a derecho la entrega de documentos al proceso. Estamos frente a la presunción de un documento autentico, porque nunca fue tachado de falso dentro del proceso.

Se cuestiona el fallo, por que los documentos son copias y no los originales. Miremos lo que nos dice nuestro código de procedimiento civil, en su artículo 253:

ARTÍCULO 253. APORTACION DE DOCUMENTOS. Los documentos se aportarán al proceso, originales o en copia. Esta podrá consistir en transcripción o reproducción mecánica del documento.


ARTÍCULO 254. VALOR PROBATORIO DE LAS COPIAS. Las copias tendrán el mismo valor probatorio del original, en los siguientes casos:

1. Cuando hayan sido autorizadas por notario, director de oficina administrativa o de policía, o secretario de oficina judicial, previa orden del juez, donde se encuentre el original o una copia autenticada.

2. Cuando sean autenticadas por notario, previo cotejo con el original o la copia autenticada que se le presente.

Los documentos aportados son copias autenticadas y certificadas por medicina legal en la ciudad de Bogotá, de acuerdo a lo que se dice en el proceso en el folio 47.

Insisto en la obligación legítima que tenía la parte demandada y era hacer uso del artículo 255 del mismo código citado, para verificar la autenticidad de los documentos aportados por los demandantes y entrar a controvertirlos y desvirtúalos.

ARTÍCULO 255. COTEJO DE DOCUMENTOS. La parte contra quien se aduzca copia de un documento, podrá solicitar su cotejo con el original, o a falta de éste con una copia auténtica expedida con anterioridad a aquella. El cotejo se efectuará mediante inspección judicial, dentro de la oportunidad para practicar pruebas.

Si ya están unos documentos aportados, que buscan entregarle al honorable Tribunal las pruebas sobre las firmas entregadas para la inscripción, señaladas de falsas, lo que corresponde es buscar y/o aportar una nueva prueba que permita ratificar por medio de un experto en la materia lo que dicen los documentos. Por ello se solicitó el testimonio del doctor José Reynel Azuero González. Miremos lo que dice el artículo 228. Numeral 7 al respecto de la práctica del interrogatorio, para verificar si el testigo en su testimonio puede presentar documentos relacionados con los hechos.

ARTÍCULO 228. PRÁCTICA DEL INTERROGATORIO. 23 de la Ley 794 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:> La recepción del TESTIMONIO se sujetará a las siguientes reglas:

7. Los testigos podrán presentar documentos relacionados con los hechos sobre los cuales declaran, los cuales se agregarán al expediente y se darán en traslado común por tres (3) días, sin necesidad de auto que lo ordene

El análisis de este artículo nos entrega la certeza de tres cosas: 1). Si era posible legalmente presentar con el testimonio documentos que tenga relación con los hechos motivos de la demanda, 2). La demandada tuvo su oportunidad procesal para objetar los documentos presentados en el traslado común por tres (3) días que le entrega la norma y 3). Por el hecho que el testigo presente documentos, no se desnaturaliza la recepción del testimonio, ni degenera en otro tipo de prueba diferente a la decretada por el tribunal.

Perdóneme usted amable lector(a), pero toca seguir mirando normas, en aras de entregar u ofrecer claridad en este debate jurídico. Echemos un vistazo entonces a lo que dice nuestros cánones sobre las oportunidades procesales:

ARTÍCULO 183. OPORTUNIDADES PROBATORIAS. 18 de la Ley 794 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:> Para que sean apreciadas por el juez las pruebas deberán solicitarse, practicarse e incorporarse al proceso dentro de los términos y oportunidades señalados para ello en este código.

Cualquiera de las partes, en las oportunidades procesales para solicitar pruebas, podrá presentar experticios emitidos por instituciones o profesionales especializados. De existir contradicción entre varios de ellos, el juez procederá a decretar el peritazgo correspondiente. (Subrayado es nuestro)

Creo que con la revisión de este artículo nos queda claro a todos, que es posible dentro de las oportunidades procesales solicitar pruebas, incluso experticios utilizando a profesionales especializados, en este caso como el doctor AZUERO GONZÁLEZ, quien es un reconocido experto grafólogo Colombiano. Es el mismo que contrata la Registraduría Nacional, porque ellos no tienen grafólogo de planta. Eso también está probado en el proceso, la idoneidad del profesional citado.

Sobre la competencia

¿ES LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN QUIEN TIENE LA COMPETENCIA PARA DETERMINAR LA FALSEDAD DEL DOCUMENTO EN CUESTIÓN?

Decir frente a ese interrogante, que el Estado por medio dela Fiscalía General de la Nación, debe iniciar un proceso o bien porque le compulse copia, la Registraduría Nacional, el Tribunal, para lo de su competencia, por denuncia de particular o Puede también la Fiscalía de manera oficiosa cuando se tenga noticia de un presunto delito; pero ello no le quita competencia a los jueces o Magistrados de adelantar los procedimientos judiciales para determinar la verdad procesal. Eso sería como pretender que los procesos por fraude electoral, que versen por ejemplo sobre voto fraudulento, alteración de resultados, que están tipificados como delitos, no pudieran los jueces y magistrados administrativos adelantar sus respectivas investigaciones valiéndose de los medios idóneos de pruebas, porque es a la fiscalía General de la Nación a quien corresponde adelantar la investigación de manera exclusiva. No estamos afirmando que frente a la investigación de delitos electorales la Fiscalía no tenga competencia; pero insisto que jueces y Magistrados pueden perfectamente adelantar las investigaciones para determinar la veracidad y autenticidad de los hechos y las pruebas que obran dentro del expediente.

Creo que la prueba es idónea y estuvo bien recaudada por el Tribunal, lo que me permite conservar mi optimismo y esperar con paciencia el fallo de honorable Consejo de Estado.
Yo se que es difícil desprenderse de las pasiones partidistas, por las razones de poder que están en juego, por lo que recomiendo hacer gala de la madurez y sensatez política de lideres, activistas y seguidores en general y este debate jurídico político se conserve en la confrontación de las ideas, manteniendo siempre el respeto por los pensamientos de los demás. Esa ha sido siempre nuestra tradición y costumbre política, conservémosla.

José Carlos Molina B
Abogado


[1] Citado por el concepto, N° 3574 del Consejo Nacional Electoral.

jueves, 26 de marzo de 2009

UNA CIUDAD SITIADA POR EL MIEDO Y LA DESESPERANZA


Hola amigos y amigas.


Aprovecho esta oportunidad para expresarles mi preocupación por la situación de Maicao, ustedes saben el problema grave de ingobernabilidad que tenemos, por la situación de la suspensión del Alcalde titular; las cosas, hechos y Actos que se ha generado como consecuencia de esa incertidumbre jurídico política. Si a ello le agregamos los problemas de inseguridad, de violencia el panorama es más sombrío.


Se ha disparado el numero de homicidios, atracos y robos, solo hasta el 19 de marzo tenemos 37 muertes violentas con armas de fuego, sin contar con las personas que han sufrido atentados y no han fallecidos gracias a Dios.


La proliferación de panfletos amenazantes tiene a esta ciudad acorralada y sitiada por el miedo. Es bien preocupante y no estoy seguro si ustedes lo saben, un informe de la defensoría del pueblo conocida como SISTEMA DE ALERTA TEMPRANA (SAT), fechado el 27 de enero de 2009, (Informe de Riesgo N° 002-09) nos coloca como una ciudad de alto riesgo por culpa de los grupos al margen de la ley, denominados “bandas emergentes” o paramilitares. El informe es bien completo, los invito a que lo revisen.


De verdad es que prefiero estar hablando con mis amigos de la vida y no de la muerte. Dejemos la muerte para después. Miremos haber como le echamos una mano a este pueblo, mas allá del aporte que cada quien hace o realiza desde su actividad personal, que no tengo duda que es un trabajo con honestidad y bien hecho. Creo (a riesgo de ser señalado de candidato o de proselitismo político), que una buena manera de hacer algo por este pueblo es elegir bien a nuestros gobernantes.


Recordando al desaparecido Álvaro Gómez: ”hagamos un gran acuerdo sobre lo fundamental” dejémonos de indiferencia, esta ciudad es de todos y no de unos cuantos y acuérdense que los buenos somos más, lo que ocurre es que el reducido grupo de malos son los únicos que se atreven a proponer el estilo de ciudad que a ellos les conviene.


Hay mucho por decir y hacer, pero insisto la indiferencia nos tiene jodidos, le hemos dejados esta ciudad a los violentos, los corruptos, a los sin escrúpulos. A esta ciudad No le puede seguir ocurriendo lo que dice Rubén Blades en una vieja pero hermosa canción “Plástico”: No amanece un sol, si no un dólar. Con gente de rostros de poliéster, que si les da de lleno el sol se derrite.

Puedo incluso, no ser la persona con mayor autoridad para estar escribiendo estas cosas, pero…carajo, alguien tiene que escribirla y decirlas.

Para terminar, quiero recordar a ese gran hombre latinoamericano que un día dijo: “Si no eres parte del problema eres parte de la solución, así que actúa”.

miércoles, 11 de marzo de 2009

RAZONES PARA EL OPTIMISMO

Recuerdo que eran aproximadamente las 7 de la noche del 24 de febrero del presente año 2009, cuando recibí una llamada de una abogada amiga, para informarme que el Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, había proferido el fallo de primera instancia de la Acción Electoral contra la declaratoria de elección de Gobernador del Departamento de La Guajira.

Horas mas tarde, fuero variadas las llamadas de amigos de diferentes partes del país, algunos para confirmar la noticia y otros para conocer mi opinión al respecto. Mi formación de abogado y mi experiencia en el litigio me permiten tener un criterio claro y desapasionado del futuro del proceso en la segunda instancia que tendrá lugar en el honorable Consejo de Estado.

Lo primero que todo abogado sabe por su práctica es lo que reza el viejo aforismo o máxima del derecho: “DADME LA PRUEBA Y TE DARÉ EL DERECHO” Y “LO QUE NO SE PUEDE PROBAR NO EXISTE PARA EL PROCESO”; partiendo de ello me permito compartir con mis amigos, el presente análisis del proceso referenciado, que hoy tiene al departamento en discusión jurídica y partidista.

¿Cuál es el origen, razón o hechos del litigio electoral?

El doctor MIGUEL MURGAS, por intermedio de su apoderado el abogado JOSE MANUEL ABUCHAIBE, interpusieron dos demandas para conseguir un mismo propósito o resultado, la nulidad de la elección del doctor Jorge Pérez. Fundamentada en irregularidades en el proceso de recolección de firmas y en anomalías por fraude electoral, es decir Diferencia entre los votantes registrados en el Formulario E-11 y los registros efectuados en el Formulario E-14 o sea más votos que sufragantes.

¿Se pudo probar en el proceso electoral los hechos que dieron origen al mismo?

Si, en relación a la recolección de las firmas está probado en el proceso las graves irregularidades en las firma aportadas para la inscripción. La prueba es un peritazgo realizado por un experto grafólogo, el Doctor JOSE REYNEL AZUERO GONZALEZ, quien hizo el estudio detallado y rindió testimonio ante el Tribunal, presentando un informe escrito en treinta y seis (36) folios, además, de 3.088 planillas de firmas en ocho fólderes AZ.

El informe o la prueba, arrojan como resultado CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE (54.769) apoyos invalidados o firmas irregulares, lo que corresponde a un setenta punto cuatro por ciento (70.4%), de los apoyos examinados, por los conceptos grafonómicos de un total de 77.777 firmas que presentó el doctor Pérez al momento de inscribir su candidatura. Es decir solo (23.008) firmas o apoyos, válidos y ellas no le alcanzan, acuérdense que la Constitución y la ley exigen como mínimo de 50.000 firmas para ese tipo de inscripción.

En el informe grafológico Igualmente se reitera que la anulación de apoyos firmas, obedeció a que la mayoría de ellas, fueron confeccionadas por un reducido grupo de personas, quienes se limitaron a intercalar manuscritos en diferentes planillas, suplantando a sus legítimos titulares, para lo cual debieron contar con la información del censo electoral que se origina en la REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.

¿Muchos se pregunta el porque no es la Oficina de la Registraduría quien presenta dicho informe?

Sencillamente porque la Registraduría Nacional del Estado Civil no tiene grafólogos de planta, situación que está demostrada dentro del proceso mediante la comunicación de fecha julio 17 de 2008, oficio que tiene radicación No SG-533.

El doctor AZUERO, quien firma el dictamen grafotécnico aportado con la demanda, ha sido el grafólogo contratado en los últimos años por la Registraduría Nacional, tal como consta en su hoja de vida aportada al proceso, situación que fue confirmada durante la diligencia de testimonio rendido al despacho.

¿Qué dijo en su momento procesal o en la etapa de de pruebas los abogados del doctor Pérez referente a la prueba solicitada y recaudad por los demandantes?

No dijeron nada, no controvirtieron, no objetaron o tacharon la prueba presentada.

¿Que dicen nuestras normas al respecto de la etapa de las pruebas?

Artículo 18 de la LEY 794 DE 2003

“ARTÍCULO 18. El artículo 183 del Código de Procedimiento Civil, quedará así:

Artículo 183. OPORTUNIDADES PROBATORIAS. Para que sean apreciadas por el juez las pruebas deberán solicitarse, practicarse e incorporarse al proceso dentro de los términos y oportunidades señalados para ello en este código.

Cualquiera de las partes, en las oportunidades procesales para solicitar pruebas, podrá presentar experticios emitidos por instituciones o profesionales especializados. De existir contradicción entre varios de ellos, el juez procederá a decretar el peritazgo correspondiente”.
El proceso electoral y en general todos los juicios tienen sus etapas procesales y es en cada una de esas etapas que los abogados intervienen.

¿Y de los hechos de fraude electoral que?

En este caso, se comprobó la falsedad en las actas de escrutinio de 34 mesas, en departamento de la Guajira, que suman 7.727 votos afectados. Lo anterior es demostrativo de que en el escrutinio realizado por los Jurados de Votación en las mesas precedentemente indicadas, se registraron más votos de los que realmente fueron consignados por los ciudadanos en las mesas de votación de los puestos de votación y municipios que se han particularizado en el proceso, arrojando un total de votos en esas mesas de siete mil setecientos veintisiete votos (7.727 votos), cifra que excede la diferencia existente entre el elegido Gobernador y el candidato mayoritariamente sufragado (3.994), razón por la cual, de conformidad con lo señalado por la jurisprudencia del máximo juez de lo contencioso administrativo, resulta determinante de la elección en tanto que la altera, lo que impone concluir en el sentido de solicitar un nuevo escrutinio. (Afirmó el doctor José M. Abuchaibe) .

Se permitió la votación de personas que no tenían derecho a hacerlo por no encontrarse sus cédulas listadas en el registro electoral E-10 que constituye el censo electoral de cada mesa de votación, lo cual viola los artículos 85 y 114 del Código Electoral por cuanto de esta forma se adicionó irregularmente, sin competencia de los jurados, la Lista de Sufragantes o formulario E-10 y la Lista o Registro de Votantes o formulario E-11, es decir, el censo electoral de la mesa.

Ojo. Importante: Estas anomalías e irregularidades presentadas ESTÁN ACREDITADAS en el proceso en el anexo del oficio No SG-350 del 6 de junio de 2008, remitido POR LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL en donde en siete cuadros certifican el hallazgo por cada caso analizado, revisado y confrontado de acuerdo a las modalidades de fraude, los casos y mesas demandadas por el apoderado del doctor Murgas.

Votos depositados por suplantadores de votantes inscritos: 93
Votos depositados en mesas distintas a las que les correspondía conforme al censo, o por personas no inscritas ni autorizadas:
245
Más votos que sufragantes (Formularios. E-11 y E-14)
Más votos en Formularios. E-24 frente a Formularios. E-14
Suman los dos 7.727. Votos depositados dos o más veces o sea múltiple votación: 68
PARA UN GRAN TOTAL DE VOTOS FALSOS O APÓCRIFOS: 8.133

Si usted amigo o amiga coloca ese número de votos irregulares 8.133, frente a la diferencia de votos entregada como escrutinios finales por la Registraduría, que son 3.994 votos se dará cuenta que evidentemente el fraude afecto el resultado final del proceso eleccionario.

Esto es importante para que quede claro al l pueblo de La Guajira, que no es un problema única y exclusivamente de firmas irregulares, sino un problema que involucra también un fraude electoral.

Se esta convocando para el día 4 de marzo una gran manifestación de apoyo y respaldo al doctor Jorge Pérez, creo que vale la pena una pequeñísima reflexión al respecto.

¿Una gran manifestación, protesta o marcha a favor del doctor JORGE PEREZ sirve para el proceso?

Creo que no. Estamos frente a un problema meramente jurídico, cuyas intervenciones válidas se desarrollan frente a los Magistrados o Consejeros de Estado. Es un asunto de técnica jurídica y de pruebas debidamente aportadas. Si el respaldo popular propiciado por intereses personales incidiera en los resultados jurídicos, no hubiesen extraditados a varios de los procesados por la Corte, que fuero respaldados por multitudinarias manifestaciones, o el respaldo que muchísimas personas le han ofrecido al señor David Murcia, propietario de DMG.

Las pruebas recaudadas y aportadas al presente proceso electoral, me producen optimismo, pero soy consciente que aún falta una segunda instancia frente al honorable Consejo de Estado, que en su infinita sabiduría tiene la última palabra para que sea un hecho cumplido o cosa juzgada legal.

Lo único cierto es que se ha generado por lo menos una duda razonable frente a un comportamiento de algunos lideres políticos en nuestro departamento. Creo que debemos esperar los resultados judiciales para establecer las responsabilidades, los juicios morales y el castigo electoral en contra de quienes salgan señalados como responsables de los hechos que dieron origen a los procesos electorales.

Cuanto tiempo se pierde y cuanta ingobernabilidad se genera, ¿cierto?. Los Guajiros debemos definir y asumir posiciones coherentes frente a los liderazgos ético y los mercaderes de la política electoral, si queremos gobiernos eficientes, modernos, cercano a la gente y que propicien una mejor distribución de nuestra riquezas; que entienda de una vez por todas que cumplir con su compromiso administrativo y social no es hacerle favor al pueblo.

José Carlos Molina B
Abogado

miércoles, 14 de enero de 2009

CHÁVEZ Y LA DIPLOMACIA


En estos días del mes septiembre de 2006, a raíz de la participación del presidente venezolano HUGO RAFAEL CHAVEZ FRIAS, ante la 61 Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas ONU, se ha suscitado toda clase de comentarios, por los calificativos que utilizó el presidente Chávez en contra del presidente de Estados Unidos y el despliegue que le ha dado la prensa internacional.

Quizás por ello un grupo de jóvenes de la Universidad de La Guajira, extensión Maicao, en la cátedra de Derecho y democracia que tengo el privilegio y el honor dictar, solicitó que hiciéramos un análisis de la participación del presidente Venezolano ese 20 de septiembre en la Asamblea de la ONU y lo que históricamente ha representado esa organización para el mundo.

Algunos jóvenes que intervinieron en el análisis, cuestionaron inicialmente la falta de diplomacia del gobernante venezolano, sin dejar de reconocer que los planteamientos del líder, interpretan la realidad del momento histórico sociopolítico que vivimos en el globo terráqueo y que pocos se atreven a denunciar; otros lo condenaron y anunciaron que no comparten su política y no faltó quien planteara un tratamiento psiquiátrico como solución.

Cuando regresé a mi casa, con mi esposa, comentamos el tratamiento noticiosos que las agencias internacionales le dieron al discurso, enfatizando en el calificativo de “diablo”, que es lo que más se conoce de la alocución del mandatario; le comenté la participación de uno de mis alumno que se refirió a la ausencia de diplomacia de Chávez.

Pero ¿Qué es la diplomacia?

Revisando algunos diccionarios de la lengua española, como el pequeño Larousse y el de la Real Academia Española, que se encuentra en la Red, podemos resumir y describirla así:

Diplomacia es una antigua profesión cuyo objetivo es representar y velar por los intereses de un Estado y de su nación en relación a otro Estado u organismo internacional.

A este término se le dan varios significados, independientemente que quien lo use sea un experto en relaciones internacionales o un lego. Se le emplea como equivalente de 'tacto', 'política exterior', 'negociación', etc. En estricto sentido y para los efectos específicos de las relaciones internacionales

Encontré también en la página de “PRENSA ROTARIA” de un Club del país argentino, una definición que me parece chistosa, pero en la mayoría de los casos es realista. Definen a la diplomacia así:

Arte de decir "lindo perrito", hasta encontrar una piedra para tirársela.
Sin desconocer desde luego la alta carga emotiva que el presidente Chávez, le imprime a sus alocuciones, no importando el escenario donde se encuentre, lo cierto es que el líder venezolano en las dos últimas intervenciones en las asambleas de la ONU, años 2005 y 2006, viene planteando una profunda reestructuración de ese organismo mundial, por que a su juicio es inoperante como instrumento, incapaz de armonizar toda la sociedad internacional para conseguir determinados fines, como el mantenimiento de la paz y seguridad internacional. Es innegable además, que es manipulada de manera perversa por los Estados Unidos (EE.UU.).

Cunado uno revisa los orígenes, la misión y visión de la ONU, es difícil estar en desacuerdo con el presidente Chávez y no admitir que ese organismo se desnaturalizó y necesita con urgencia para cumplir su objetivo lo que está planteando el mandatario venezolano.

La historia nos dice que la ONU comienza a germinarse desde de la 2ª Guerra Mundial; surgió en las aguas del Atlántico entre Churchill y Roosvelt adoptando la "Carta del Atlántico" en 1941, esta Carta decía que para cuando acabara la 2ª Guerra Mundial todos los Estados de la Tierra se comprometerían a renunciar al uso de la fuerza armada; antes de la 2ª Guerra Mundial el uso de la fuerza era aceptado, a partir de Naciones Unidas está prohibido. Ello no sólo no se ha cumplido, si no que ha sido utilizado para justificar agresiones a países, con la excusa de atacar y prevenir el terrorismo, sin importar la suerte de la población civil inerme y desarmada.

Si repasamos la historia reciente de los conflictos internacionales, nos damos cuenta, que los EE.UU., han promovido, liderado o han participado en el desenlace de los conflictos internacionales; pretende ser juez y parte y se creen con la autoridad moral para cuestionar según sus intereses, las políticas internas de los países miembros de la ONU.

No ha sido posible a pesar del clamor internacional, que Estados Unidos cesen su bloqueo brutal y despiadado a el hermano país de Cuba y la ONU, no expide una resolución de condena sobre ese asqueroso método de presión, que no está dirigido contra el gobierno, si no contra la economía y el derecho de los cubanos a una vida digna y decorosa, de niños, ancianos y mujeres que habitan la isla.

El Canciller de Cuba, FELIPE PEREZ ROQUE, denunció ante el mundo el 8 de noviembre de 2005 en la ciudad de Nueva York y así lo registraron las agencias internacionales de prensa, que en el año 2004, un total de 77 compañías, instituciones bancarias y organizaciones no gubernamentales norteamericanas y de diversos países fueron multadas por violar el bloqueo a Cuba; 11 de ellas son empresas extranjeras o subsidiarias de compañías norteamericanas en México, Canadá, Panamá, Italia, Reino Unido, Uruguay y Bahamas. Otras siete compañías, entre ellas IBERIA, ALITALIA, AIR JAMAICA y DAEWOO, fueron sancionadas porque sus filiales en los Estados Unidos violaron, según el gobierno norteamericano, las leyes del bloqueo. El objetivo es aislar totalmente en materia de comercio incluyendo los productos de salud y alimenticios.

Estados Unidos y sus dirigentes en sus relaciones internacionales, bombardean, invaden, bloquean, secuestran y todo ello dentro de una diplomacia al más alto nivel, un discurso de seguridad, de “ayuda” a los pueblos, de intercambios comercial desigual y todo dentro de la más refinada diplomacia. Ese comportamiento me recuerda a una vieja pero hermosa canción latinoamericana que dice: “hay personas de la sociedad que se la pasan comiendo dioses y defecando demonios”.

Algunos hombres del Caribe suelen ser irreverentes y le imprimen una gran carga de emotividad a través de la palabra a sus acciones, son originales y auténticos, eso los mantiene en un constante divorcio con la diplomacia; pareciera que el presidente Chávez pertenece a ese tipo de hombre del caribe.

La verdad es que el comandante necesita atemperar su verbo, pero aún así prefiero la diplomacia de Chávez, que la diplomacia norteamericana, la cual no ofende pero justifica los bombardeos y masacres de inocentes.


José Carlos Molina Becerra.
jocamobe@hotmail.com
jocamobe@gmail.com

Abogado especializado en Derecho Laboral y Relaciones Industriales, docente Universidad de La Guajira, extensión Maicao.
Maicao, septiembre 23 de 2006.

EL CURRÍCULO


Visto por un principiante en pedagogía y escrito sólo para principiantes


Debo confesar que mis conocimientos pedagógicos están en formación y desde luego en el constante proceso de aprendizaje del ser humano, es mucho lo que aún tengo que aprender de ese apasionante y necesario tema, para los que nos dedicamos a la noble labor de contribuir en la formación académica de nuestros semejantes.

Después de mi confesión aspiro se me conceda permiso temporal por los doctos y experimentados para comentar mi opinión sobre el tema del Currículo y la incidencia en la educación en el Departamento de La Guajira.

He dicho en el Subtítulo que esta mirada del currículo es sólo para principiantes y si ello es así, bueno es comenzar por la definición del tema que nos convoca.

De acuerdo con la Real Academia el término Currículo: proviene del latín. curricŭlum). 1. m. Plan de estudios. 2. m. Conjunto de estudios y prácticas destinadas a que el alumno desarrolle plenamente sus posibilidades. No me refiero al término currículum vítae., cuya definición según la misma Real Academia es: literalmente, 'carrera de la vida'). 1. m. Relación de los títulos, honores, cargos, trabajos realizados, datos biográficos, etc., que califican a una persona.

Me refiero, por supuesto, al concepto de currículo que en nuestro país está regulado por la Ley 115 del año 1994, conocida como Ley General de Educación que en su artículo 76, dice:
“ARTÍCULO 76. CONCEPTO DE CURRÍCULO. Currículo es el conjunto de criterios, planes de estudio, programas, metodologías, y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional”.

En el modulo de currículum, de la Maestría en Ciencias de la Educación Superior, que estudio con la Universidad de Matanzas (Cuba) “Camilo Cienfuegos”, en convenio con la Universidad de La Guajira, he comprendido y asimilado una definición sociopolítica del término, que nos enseña: “es esencialmente un proyecto integral, con carácter de proceso, que expresa las relaciones de interdependencia en un contexto histórico social, condición que le permite rediseñarse sistemáticamente en función del desarrollo social, progreso de la ciencia y necesidades que se traduzcan en la educación de la personalidad del ciudadano que se aspira a formar”.

Esta última definición me permite formular las siguientes preguntas: ¿En La Guajira nuestros gobernantes han pensado siquiera por un instante en la personalidad del ciudadano que se aspira a formar?, ¿Qué se ha hecho diferente de copiar y aplicar currículo, sin que ello responda a nuestra realidad sociopolítica?, ¿El gremio de maestros y su dirigencia sindical ha propuesto algún modelo de currículo que responda a nuestra realidad, pensando en la formación de los hombres y mujeres de La Guajira?.

La misma legislación colombiana (Ley General de la Educación), en el artículo 78, coloca la responsabilidad en cabeza del Ministerio Nacional de diseñar los lineamientos generales de los procesos curriculares; pero entrega plena autonomía a las entidades territoriales, para que diseñen e implementen sus currículos sin salirse del marco legal, para que contribuyan a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural de cada región.

No somos en La Guajira el mejor ejemplo en el país en materia de educación, las mediciones de las pruebas de Estados así lo indican. ¿Qué hacer frente a esa problemática?, Sin soslayar las responsabilidades del Estado, nos corresponde a todos los que de alguna manera estamos involucrado, buscar soluciones concretas, teniendo de presentes factores tales como cambios demográficos, sociopolíticos y económicos, que responda a nuestra realidad, buscando siempre la construcción de un hombre con una formación férrea en valores y capacidad de liderazgo.

Pudiera sin duda seguir reflexionando, pero no quiero abusar de la generosidad de mis anfitriones periodísticos y de usted amable lector, a quien invito de manera cordial para que opine del tema planteado y luchemos juntos por una Guajira mejor y posible.


José Carlos Molina B


Abogado litigante, especialista en derecho laboral y relaciones industriales, docente catedrático de la universidad de La Guajira y estudiante de la Maestría en Ciencias de la Educación Superior, con la Universidad de Matanzas (Cuba) “Camilo Cienfuegos”, en convenio con la Universidad de la Guajira.

VOLVER AL DEBATE Y APOSTARLE A LA VIDA


Las vacaciones de diciembre de 2007, me han permitido el reencuentro con mis viejos amigos de infancia; no faltaron las tertulias, los debates, hablábamos de los divino y lo humano y de un tema inevitable recurrente y cruel en nuestros días, el conflicto armado y su horror, que se torna degradante cuanto nos afecta a los civiles.

No recuerdo cual de mis amigos, preguntaba sobre la posición que debería tener la universidad Colombiana frente al conflicto armado; la pregunta surge quizás, por que él sabe que muchos de los allí presente, tenemos vínculos con la universidad, bien por su condición de estudiantes, docentes o directivos. Se discutió al inicio con mucha pasión, con rabia e impotencia y luego cuando la serenidad y la objetividad característica de los miembros del grupo volvieron, llegamos a la serena conclusión que la universidad debe volver al debate y apostarle a la vida.

La universidad tiene que recuperar el protagonismo, liderar y propiciar espacios de discusión en la sociedad colombiana frente a un tema que cada día es más cotidiano y brutal, que hace rato dejó de ser un problema de la periferia, para trasladarse a las ciudades.

La indiferencia a la guerra no contribuye a la paz, no nos excluye del conflicto y se parece al miedo que nos aleja de la posibilidad de la toma de decisiones para resolver nuestros problemas; la discusión hoy debe comenzar por aceptar que estamos en un país en guerra y no sólo circunscribirse si se justifica o no la lucha armada y la reacción de los paramilitares; el tema prioritario a mi juicio es el respeto a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, que se respete a la población civil.

Es una realidad aterradora que el desconocimiento y la manipulación del Derecho Internacional Humanitario, integran la lista de los principales factores que han contribuido a incrementar la vulnerabilidad de la población civil y de los no combatientes, en medio del conflicto armado que vive Colombia.

La universidad tiene que liderar y propiciar a través del debate, que se adopte y respete el Derecho Internacional Humanitario, que si bien es cierto no garantiza la paz, coloca límites y protege a los seres humanos inermes e inocentes; debe igualmente permitir el debate abrir espacios para una salida negociada a nuestra guerra, que debe tener inicio en el acuerdo para la liberación de presos y secuestrados; no olvidemos que nuestra guerra es apenas una de las manifestaciones de nuestro conflicto social, el cual tiene raíces históricas, causas políticas y socio económicas.

Se nos ha dicho siempre que lo militar y lo humanitario son extremos irreconciliables; pero el Derecho Internacional Humanitario, lucha por desaparecer ese mito, que ha hecho que el número de victimas sean mayores en el conflicto armado de nuestro país; por ello desde la Universidad se debe desarrollar una campaña que ilustre a los ciudadanos sobre el Derecho Internacional Humanitario (DIH), cuyo principal postulado es: “proteger y hacer respetar a la persona Humana que en medio del conflicto armado está completamente marginado del mismo o se encuentra reducida a tal punto que no representa peligro o ventaja militar alguna para su adversario”.

Debemos insistir en que se respete a la población civil y que los combatientes (cualquiera que sea su ideología política) tienen la obligación de respetar nuestras vidas, integridad y bienes; la salida negociada del conflicto no debe ser sólo un anhelo angustioso de los familiares de los secuestrados, este gobierno o el próximo, debe propiciar las posibilidades reales para que se consolide un acuerdo político, producto de una negociación sin mezquindades en esfuerzos sociales, políticos y económicos.

Todos anhelamos la PAZ, y la concebimos siempre como el silencio de las armas, pero la PAZ, es mucho más que eso… es respeto, tolerancia, es gobernar con equidad, con justicia, es propiciar y aplicar lo que es un autentico Estado social de derecho, es apropiarse de la verdad como cultura ciudadana, es erradicar la corrupción en la cosa pública y privada y es también como dijo el maestro JESÚS, “ama a tú prójimo como a ti mismo”.




José Carlos Molina B.
Abogado litigante y docente universitario.